Derechos humanos y garantías individuales


Los derechos humanos son aquellos que comprenden los derechos y obligaciones que tienen todas las personas, sin ningún tipo de distinción racial, de género, nacionalidad, de edad u otras.

Las garantías individuales son mecanismos para la protección de los derechos de los individuos, establecidos en la constitución de cada país.

La diferencia entre los derechos humanos y las garantías individuales es que estas últimas son las expresiones concretas que van a permitir que efectivamente los derechos humanos puedan ser respetados, apelando al marco jurídico de cada país.

Derechos humanos Garantías individuales
Definición Contemplan los derechos que son inherentes a todas las personas desde que nacen. Son todos los mecanismos jurídicos establecidos en una constitución para garantizar los derechos humanos.
Documentos que los consagran La Declaración Universal de los Derechos Humanos. La constitución de cada país.
Mecanismos de activación Derecho internacional, tratados internacionales. Todos los que se establezcan en la constitución.
Características
  • Son universales e inalienables.
  • Son interdependientes e indivisibles.
  • Los derechos humanos son no discriminatorios.
  • Son universales.
  • Son irrenunciables.
  • Son imprescriptibles.
  • Son inalienables.
  • Son limitativas del poder del Estado.
  • Están protegidas por el amparo constitucional.
Tipos
  • Garantías de igualdad.
  • Garantías de libertad.
  • Garantías de propiedad.
  • Garantías de seguridad jurídica.

¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos hacen referencia a todos los derechos y obligaciones inherentes a los seres humanos, y que se obtienen solamente por el hecho de haber nacido, sin que medie ningún otro tipo de condición.

Estos derechos están descritos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, un documento proclamado en la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, al terminar la Segunda Guerra Mundial.

Los derechos humanos tienen un carácter universal y deben ser cumplidos y respetados por todos los Estados a través de múltiples mecanismos, como los tratados internacionales, el derecho internacional y las propias constituciones de los países.

Principios de los derechos humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece cinco principios básicos:

Los derechos humanos son universales e inalienables

Este es el principio esencial de los derechos humanos, ya que establece el deber de los Estados de promover dichos derechos, por encima de sus sistemas políticos, económicos y culturales.

Los derechos humanos son, también, inalienables. En este sentido, no pueden eliminarse, a menos que la situación sea excepcional y exista garantía de un debido proceso legal. Por ejemplo, si una persona es culpable de haber cometido un delito, un tribunal debe restringir su derecho a la libertad, según lo establecido en las leyes de ese país.

Los derechos humanos son interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos se relacionan entre sí, de manera que los progresos que se obtengan en uno de ellos benefician al resto, mientras que los retrocesos o privaciones también afectan por igual el ejercicio de los derechos restantes.

Los derechos humanos son no discriminatorios

Bajo este principio se prohíbe cualquier tipo de discriminación contra las personas basada en raza, etnia, nacionalidad, género, preferencias sexuales o políticas, etc. Además, el principio de no discriminación se complementa con el de igualdad, que establece que todos los seres humanos nacen libres y en igualdad de derechos.

Ver también

Declaración universal de los derechos humanos

Se llama así al documento que concentra los 30 artículos con los derechos humanos fundamentales que deben ser protegidos de manera universal.

Fue proclamada el 10 de diciembre de 1948 en la Asamblea General de las Naciones Unidas, en París, y para su redacción se requirió de representantes de diversos países, culturas y tradiciones ayudaron a mostrar una perspectiva amplia sobre lo que implicaban los derechos humanos en diversas partes del mundo.

Entre los artículos más destacados de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, están:

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 13

Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Ver también:

¿Qué son las garantías individuales?

Se entiende por garantías individuales todos los mecanismos establecidos en una constitución para proteger los derechos humanos de una persona.

En ese sentido, las garantías individuales son la expresión de la obligación que han contraído los Estados como garantes de los derechos fundamentales.

Por tanto, puede decirse que las garantías individuales son todos los medios legales con los que cuenta una persona para hacer valer sus derechos.

Características de las garantías individuales

Las garantías individuales tienen cinco características fundamentales:

  • Son universales: aplican a todas las personas, desde que nacen.
  • Son irrenunciables: no se puede renunciar a ellas.
  • Son imprescriptibles: no se extinguen.
  • Son inalienables: no se pueden suprimir a la persona.
  • Son limitativas del poder del Estado: el Estado carece de poder sobre ellas.
  • Están protegidas por el amparo constitucional: en el caso de que un derecho humano no esté protegido por una garantía individual, se puede recurrir a un amparo para cumplir esta función.

Tipos de garantías

Las garantías constitucionales se dividen en cuatro grandes categorías:

Garantías de igualdad

Son todos los mecanismos que garantizan la eliminación de distinciones entre individuos, entendiendo que todos son iguales y por tanto, están en una misma situación frente a la ley.

En el primer artículo de la constitución mexicana, se establece:

En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

Ver también Diferencia entre igualdad y equidad.

Garantías de libertad

Son las garantías que aseguran que el individuo pueda actuar de manera libre en la sociedad.

El artículo seis de la constitución mexicana, señala:

La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley.

Garantías de propiedad

Hacen referencia a la protección del derecho de los individuos de acceder a la tierra con fines productivos, bien sea como propietario o arrendador, entendiendo que la propiedad de la tierra y las aguas es del Estado, pero este tiene que crear los mecanismos para transferirla a los individuos.

El artículo 27 de la constitución mexicana, lo resume así:

La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

Garantías de seguridad jurídica

Son todos los mecanismos que protegen la privacidad y el debido proceso de los individuos.

La constitución mexicana lo describe así en su artículo 16:

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, posesiones o domicilio, si no existe mandamiento escrito.

Ver también: