Iusnaturalismo y iuspositivismo


Iusnaturalismo es una corriente de pensamiento que se basa en la idea de que los derechos y las normas tienen un origen natural y son inherentes al ser humano.

Iuspositivismo es una corriente de pensamiento que se sustenta en la separación entre moral y derecho. Desde este punto de vista, solo existen normas creadas por el hombre y mediadas por el Estado.

La diferencia entre iusnaturalismo y iuspositivismo radica en el origen del derecho y las normas. Para el iusnaturalismo el origen es natural, viene dado por el hecho de ser humanos, mientras que para el iuspositivismo el derecho es creado por el hombre.

Iusnaturalismo Iuspositivismo
Definición Doctrina jurídica y filosófica que establece la universalidad de los derechos, en función de su origen metafísico o natural. Doctrina filosófica y jurídica que establece el origen del derecho en el soberano.
Origen Siglo XV, Escuela de Salamanca, España. Siglo XVII, Escuela Histórica, Alemania.
Características
  • Origen natural de los derechos.
  • Universalidad de los derechos.
  • Se asume el uso del raciocinio y la moral.
  • Está por encima del derecho positivo.
  • Moral y derecho están separadas.
  • Las leyes son normas creadas por el soberano.
  • El derecho cambia según las circunstancias de cada Estado.
  • Las leyes son de carácter coercitivo.
  • Es imperativista.

¿Qué es el iusnaturalismo?

El iusnaturalismo es una doctrina filosófica aplicada al Derecho, que afirma que los derechos tienen un origen instrínseco al ser humano. Esto quiere decir que vienen dados de forma natural, bien sea porque provienen de una fuente racional o divina.

Por ello, el iusnaturalismo plantea la universalidad de los derechos por encima de los dictámenes del Estado, ya que si el origen de los mismos es natural, entonces no está mediado por instancias humanas.

El iusnaturalismo apela a la bondad, la ética, la moral y el raciocinio como cualidades propias del ser humano para que este pueda distinguir entre lo bueno y lo malo. De esta forma, se materializaría la idea de un orden social regulado por normas universales, conocidas por todos los miembros de la sociedad.

Características del iusnaturalismo

Estas son algunas características del iusnaturalismo:

Plantea un origen natural de los derechos de los individuos

Para el iusnaturalismo los derechos tienen una fuente metafísica, bien sea porque vienen dados naturalmente a la humanidad o porque provienen de instancias divinas.

Los derechos vienen dados a todos por igual, en tanto son universales

Por ello, todas las personas los conocen o pueden deducirlos con su raciocinio.

Asume que todas las personas actuarán con rectitud

Esa disposición a actuar desde el bien es la que regulará el hacer humano, más allá de las disposiciones o leyes creadas por el hombre.

Para que el derecho funcione, debe reposar también en la moral

En ese sentido, el iusnaturalismo plantea que cada persona puede dilucidar el bien del mal.

Nada está por encima de las leyes naturales y universales

Si los derechos naturales no son considerados por el derecho positivo en su ordenamiento jurídico, entonces este último no tiene validez.

Origen del iusnaturalismo

Aunque las primeras tesis iusnaturalistas modernas comenzaron a plantearse entre los siglos XV y XVII en la Escuela de Salamanca (España), la realidad es que los griegos y los romanos se habían hecho cuestionamientos similares sobre la existencia de leyes con alcance universal.

En ese sentido, Platón había propuesto en su obra República y leyes (siglo IV a. C) la existencia de una ley natural basada en el raciocinio humano. Por otra parte, el jurista romano Marco Tulio Cicerón (30 a.C), sostenía la idea de un derecho común a todos los seres humanos, y que por tanto, tenía un alcance universal.

¿Qué es el iuspositivismo?

Es una doctrina filosófica que plantea una separación entre la moral y el derecho. El iuspositivismo considera a las leyes como un conjunto de normas creadas por el hombre y gestionadas por el Estado, que es el garante de su cumplimiento. Esto hace que sean válidas más allá de cualquier orden o consideración trascendental o metafísica.

Por lo anterior, el objeto último de iuspositivismo es el derecho en sí y considera a todas las leyes de forma objetiva. Por consiguiente, no existen leyes más o menos estrictas o más o menos justas, ya que están despojadas de interpretación.

La separación entre la moral y el derecho planteada como asunto medular en el iuspositivismo tiene que ver con la concepción de que la moral es unilateral y subjetiva. Depende de cada individuo, de sus creencias e interpretaciones decidir lo que es correcto o no, y esto solo sirve para regular su propia conducta.

Por su parte, el derecho es bilateral, ya que interpela al individuo en relación con un otro (otro individuo, las instituciones, la sociedad, etc.).

La moral es autónoma en tanto tiene que ver con una concepción personal que, a su vez, depende del raciocinio. El derecho, implica una serie de normas que deben ser cumplidas más allá de las creencias propias y que son administradas por un legislador, que es un tercero con una valoración objetiva de la las leyes.

Características del iuspositivismo

Estas son algunas características esenciales del iuspositivismo:

Rechaza la idea de un vínculo entre la moral y el derecho

La moral es subjetiva, individual y autónoma, las leyes son objetivas y de cumplimiento obligatorio.

Las leyes son normas creadas por los seres humanos

Para el derecho positivo, las normas son la expresión del soberano y son reguladas por el Estado.

El derecho está determinado por las circunstancias de cada Estado

Según el iuspositivismo, el derecho no puede estar basado en valores universales ya que cada Estado tiene su propio contexto histórico, político y social.

Las leyes del derecho positivo son de carácter coercitivo

Es decir, pueden implicar el uso de la fuerza, amparada a su vez en el marco legal.

Es imperativista

El soberano acata las leyes porque sabe que de no hacerlo, tendrá que enfrentar a las leyes formales, no divinas.

Origen del iuspositivismo

Los planteamientos formales del iuspositivismo tienen su origen en el siglo XIX en Europa, específicamente en la Escuela Histórica alemana, una doctrina jurídica que afirmaba que el derecho está vinculado al origen de los pueblos. A esto se le suma la corriente positivista que promovía la separación entre ciencia y metafísica.

Fue la entrada en vigor del Código Civil napoleónico, en Francia, lo que terminó de sistematizar e influenciar al sistema jurídico europeo. En ese instrumento, publicado en 1804, se organizaban por primera vez todas las leyes previstas para diferentes situaciones, y se establece el papel del juez como un actor neutral cuyo trabajo es aplicar las normas, sin interpretarlas ni subjetivizarlas.

Iusnaturalismo, iuspositivismo y derechos humanos

Existe cierta controversia sobre el papel del iusnaturalismo y el iuspositivismo en relación a los derechos humanos. Por una parte, el iusnaturalismo no toma en cuenta las leyes positivas, sino que se afianza en su origen metafísico, por lo tanto, todas las personas tienen derechos universales. Mientras que para el iuspositivismo, los derechos solo son tal cosa si están asentados en el ordenamiento jurídico de un país.

Por esa razón, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, promulgada en el año 1948, evitó justificar el origen de dicho ordenamiento. En ese momento, la prioridad era garantizar la protección de todas las personas para evitar que se repitieran las injusticias que tuvieron lugar durante las dos guerras mundiales, no explicar el origen o la fuente de estos derechos.

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